La Audiencia de Alicante impone penas de prisión e inhabilitación a la exalcaldesa y a otros ocho implicados en el caso Brugal
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a la exalcaldesa de Orihuela, Mónica Lorente, y a otras ocho personas por las irregularidades cometidas en la adjudicación del contrato de recogida de residuos y limpieza viaria del municipio, en el marco de la causa matriz del conocido caso Brugal.
Lorente, que estuvo al frente del Ayuntamiento entre 2007 y 2011, ha sido sentenciada a cuatro meses de prisión y a veinte meses de inhabilitación para cargo público por un delito de prevaricación en concurso con fraude. Junto a ella, también han sido condenados tres exconcejales de su equipo de gobierno: Antonio Rodríguez, Manuel Abadía y Ginés Sánchez, con penas que van desde los cuatro meses hasta un año de cárcel, además de multas e inhabilitación, según el caso.
La resolución judicial incluye igualmente al entonces interventor municipal, José Manuel Espinosa, que ha sido condenado a ocho meses de prisión por su participación en los hechos. En el ámbito empresarial, la sentencia señala como principales responsables a Ángel Fenoll, propietario de las mercantiles Colsur SL y Proambiente SL, quien ha sido condenado a penas que suman tres años y nueve meses de cárcel por varios delitos relacionados con cohecho, fraude y uso de información privilegiada. Su hijo, Antonio Ángel Fenoll, ha recibido una condena de un año de prisión.
Además, también han sido condenados dos colaboradores del empresario, Francisco Javier Bru y Ángel Luis Bracho, con penas de ocho y cuatro meses de prisión, respectivamente.
La sentencia obliga asimismo a cinco de los implicados, entre ellos la exalcaldesa y varios exediles, a indemnizar de manera conjunta y solidaria al Ayuntamiento de Orihuela con cerca de 600.000 euros por el perjuicio económico causado. Por el contrario, los restantes acusados, entre los que se encuentra el exalcalde oriolano José Manuel Medina y otros antiguos responsables municipales, han sido absueltos al no considerar acreditada su responsabilidad penal.






