Más de 600 familias torrevejenses podrán beneficiarse de esta convocatoria, dotada con 300.000 euros y promovida por el Ayuntamiento para apoyar a quienes han tenido o adoptado hijos durante 2024
El Ayuntamiento de Torrevieja, a través de la Concejalía de Bienestar Social, abrirá mañana martes, 28 de octubre, el plazo para solicitar las ayudas económicas por nacimiento y/o adopción de hijos correspondientes al ejercicio 2025, destinadas a las familias que hayan tenido o adoptado hijos durante el año 2024. El plazo permanecerá abierto durante 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria, es decir, desde mañana martes.
Estas ayudas municipales, publicadas en el día de hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) tienen como objetivo favorecer la natalidad, apoyar la conciliación y contribuir al bienestar de las familias torrevejenses, reforzando el compromiso del equipo de gobierno con las políticas sociales y de apoyo a la familia.
El Ayuntamiento ha destinado una dotación total de 300.000 euros, con una cuantía individual de 450 euros por cada hijo nacido o adoptado. En caso de parto múltiple, podrá solicitarse una ayuda por cada menor. Se estima que más de 600 familias del municipio podrán beneficiarse de esta medida.La tramitación podrá realizarse de forma preferente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Torrevieja (torrevieja.sedelectronica.es), dentro del apartado de Bienestar Social, donde se habilitará un trámite específico. También podrá presentarse en cualquiera de las oficinas SAIC (Servicio de Atención e Información al Ciudadano) o mediante los procedimientos recogidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Entre los requisitos establecidos para optar a la ayuda se encuentran:
- Estar empadronado/a en Torrevieja con una antigüedad mínima de tres años ininterrumpidos.
- Que el recién nacido o menor adoptado esté empadronado por primera vez en el domicilio de la persona beneficiaria.
- Tener residencia legal en España y ser mayor de edad o menor emancipado.
No encontrarse incurso en las causas de prohibición para recibir subvenciones según la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concesión directa, motivado por razones de interés social, hasta agotar el crédito presupuestario. Las solicitudes se tramitarán individualmente y por orden de registro de entrada.
Con esta convocatoria, el Ayuntamiento de Torrevieja reafirma su compromiso con las políticas sociales y de apoyo directo a las familias, destinando recursos propios para contribuir al bienestar y desarrollo de la ciudad.


