Igualdad restringe las salidas ordinarias de centros residenciales para proteger a las personas residentes del entorno de contagio

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La resolución publicada en el DOGV establece que se procurará la vacunación contra la gripe y la COVID-19 de las personas trabajadoras

La Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha acordado restringir las salidas ordinarias de las personas usuarias de los centros residenciales de personas mayores y de personas con diversidad funcional y salud mental, una vez valorada la situación actual de la pandemia de la COVID-19 y con el objetivo de proteger a los centros del entorno de contagio.

Así lo recoge la resolución de la Conselleria publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y que actualiza las medidas vigentes en los centros residenciales y de atención diurna para salvaguardar el estado de salud de las personas usuarias, atendiendo a que en el caso de las personas mayores se trata del colectivo más vulnerable al coronavirus.

Así, las salidas ordinarias, sin pernoctación, quedan restringidas a partir del nivel de alarma 1 en el caso de las personas mayores y a partir del nivel 2 para las personas con diversidad funcional. Para las salidas vacacionales solo se permitirán por un periodo igual o superior a los 7 días. Todas estas medidas quedarán restringidas en el caso de alcanzar el nivel de alarma 4.

Respecto a las medidas de higiene y prevención, se procurará la vacunación frente a la gripe y la COVID-19 de las personas trabajadoras de los centros residenciales y diurnos tanto de atención a personas mayores como a personas con diversidad funcional o trastorno mental grave.

 

Salidas de las personas residentes

Como medidas generales, se establece que a partir del nivel de alerta 1 se restringen las salidas ordinarias de los residentes para preservar la salud y el entorno de seguridad de las personas mayores.

Se ha establecido, asimismo, que para las salidas vacacionales las personas residentes solo podrán hacerlo durante un periodo igual o superior a 7 días, y permanecerán en un único domicilio que esté libre de contagio y con personas sin sintomatología compatible con el coronavirus. Asimismo, no se deberán producir encuentros y contactos con personas de otros grupos de convivencia.

Para la vuelta al centro será necesaria una PCR negativa dentro de las 72 horas previas al ingreso y permanecerá durante un periodo de 10 días en aislamiento preventivo. En ningún caso se procederá al reingreso de una persona que presente síntomas compatibles con la enfermedad, teniéndose que proceder en su entorno familiar de la misma manera que está determinado para la población general.

 

Visitas a los centros

En el caso de las visitas, se permiten solo en centros libres de COVID-19 siempre con cita previa, de una duración máxima de una hora y al menos una vez a la semana, todo con el fin de facilitar la relación familiar.

Si el centro dispone de espacios al aire libre, la visita se realizará preferentemente en dichos espacios con estufas exteriores para mejorar el confort. También se podrán producir en espacios interiores reservados a tal efecto, bien ventilados y con pantallas, barreras u otros elementos de separación que impidan el contacto con la persona residente.

En todo caso, desde los centros se fomentará el contacto con familiares a través de medios telemáticos.

 

Medidas de higiene y prevención

Los centros deberán cumplir en todo momento las medidas de limpieza, higiene y desinfección de las instalaciones estipuladas para los centros socio-sanitarios o los lugares de pública concurrencia, con especial atención a las superficies de contacto más frecuente. Asimismo, se garantizará una ventilación adecuada de todas las dependencias.

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