La mujer que quemó al violador de su hija en Benejúzar ingresará en prisión en los próximos días

Publicidad

La Audiencia de Alicante ha desestimado la petición de aplazar el encarcelamiento de Mª del Carmen García mientras se tramita el recurso interpuesto contra la negativa a indultarla

La Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado la petición de aplazamiento de la ejecución de la condena de cinco años y medio de prisión, interpuesta en 2009 a María del Carmen García por los delitos de asesinato y lesiones, al quemar al violador de su hija en Benejúzar en 2005, tal y como reza el auto al que ha tenido acceso Diario de la Vega, emitido por la sección séptima del citado organismo, con sede en Elche y fechado el 22 de abril de 2014. 

El abogado de esta benejucense, Joaquín Galant, solicitó el pasado 7 de abril aplazamiento de su ingreso en prisión hasta que se resolviese el recurso contencioso-administrativo –su vista está fijada para el próximo 4 de junio- interpuesto ante el Tribunal Supremo, contra la resolución del Consejo de Ministros de rechazar la concesión del indulto solicitado.

Y es que, el pasado 2 de abril, el tribunal ya emitió un auto donde se requería que la condenada llevase a cabo su entrada voluntaria en prisión para el cumplimiento de la pena interpuesta. Tras el rechazo a indultarla  hasta en dos ocasiones y la última negativa de aplazar su ingreso, María del Carmen García deberá ocupar las dependencias penitenciarias en los próximos días.

El citado auto considera que la interposición de dicho recurso no “afecta a la ejecución de la pena impuesta en sentencia” y, en este sentido, refleja que “en todo caso corresponderá a la Sala de los Contencioso que conozca el recurso suspender la ejecución del acto”.

Del mismo modo, recuerda el auto emitido por la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de mayo de 2013 donde se plasma que “la adopción de la suspensión pretendida perturbaría de modo grave los intereses generales representados en este caso por la ejecución de la sentencia firme de la pena impuesta que, denegado el indulto, debe efectuarse por razones de seguridad jurídica y de igualdad ante la Ley”.

“Y esta sala no se muestra insensible con la situación de la penada pero, irremediablemente, ha de acomodar su respuesta a la Ley”, concluía el auto del Tribunal Superior.

Los hechos se remontan a junio de 2005 cuando la condenada, María del Carmen García, se cruzó con el violador de su hija –que se encontraba de permiso carcelario- y, tras rociarle con gasolina en el bar donde se encontraba en ese momento, le prendió fuego provocándole finalmente la muerte. 

Sé el primero en comentar

Deja tu comentario

Tu dirección de correo no será publicada.


*