La Plataforma de Docentes por la Libertad Lingüística se pronuncia sobre la normativa de la Generalitat en materia de las asignaturas impartidas en valenciano

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Mano escribiendo

El artículo 108 de la Ley 7/2023 permite que los territorios calificados como castellanoparlantes reviertan totalmente o parcialmente las asignaturas impartidas en valenciano

En relación con artículo 108 de LEY 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, que permite en los territorios calificados como castellanohablantes revertir total o parcialmente las asignaturas impartidas en valenciano por imposición de la Ley 4/2018 queremos hacer constar los siguiente:

La norma establece concretamente los siguiente:
“ Proyectos lingüísticos de centro
1. Como consecuencia de la suspensión de los artículos de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, establecida en el apartado dos anterior, los centros ubicados en municipios de predominio lingüístico castellano podrán optar entre:
a) Mantener la aplicación de sus proyectos lingüísticos de centro vigentes en los mismos términos en que fueron aprobados, o;
b) Proponer la modificación de la aplicación de sus proyectos lingüísticos de centro, de manera que, en su plan de enseñanza y uso vehicular de las lenguas, una o varias de las áreas, materias, ámbitos o módulos que se debían impartir en valenciano puedan impartirse en castellano, a propuesta del consejo escolar.

2. En los centros que opten por lo establecido en el epígrafe 1.b) anterior, y no prevean la vehiculación de áreas, materias, ámbitos o módulos no lingüísticos en valenciano, el alumnado deberá cursar, como mínimo indispensable, la asignatura de valenciano; todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24.1 de la Ley 4/1983, de 23 de noviembre, respecto a la evaluación de la enseñanza del valenciano.”

Es decir, nos permite eliminar todas las asignaturas no lingüísticas en valenciano por ser territorio castellano hablante, pero nos aplica la excepción referida a los territorios de predominio valencianoparlante que elimina de facto el derecho a la exención, pues nos impone el valenciano como materia lingüística obligatoria.

En la PDLL creemos que se trata de un error y por ese motivo solicitamos su corrección, de manera que se siga manteniendo intacto nuestro derecho a la exención total del uso y aprendizaje del valenciano. Derecho que como tal, ejerceremos o no, pero que nos negamos a perder.

La PDLL , no obstante, está estudiando medidas legales por si no se tratase de un error o el Gobierno de la Comunidad Valenciana renunciase a subsanarlo para conculcar la libertad que nos garantiza el Estatuto y la Ley 4/1983 de Enseñanza y Uso del valenciano.

La PDLL, que forma parte de Escuela de Todos se ofrece, una vez más, a colaborar con el Gobierno de nuestra Comunidad en todo aquello que signifique respetar y garantizar los derechos lingüísticos de todos los valencianos y por extensión de todos los españoles.

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