La Conselleria de Vivienda publica una segunda resolución de ayudas urgentes para residentes de municipios afectados por la DANA

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En una primera resolución se concedieron 67.000 euros y en esta segunda se asignarán otros 21.000 euros

La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, a través de la Dirección General de Emergencia Habitacional, ha publicado una segunda resolución que otorga, mediante concesión directa, ayudas a las personas y unidades de convivencia residentes en los municipios afectados por los daños producidos por el temporal DANA del pasado mes de septiembre.

El importe de estas ayudas asciende a 21.090 euros y atenderá el alquiler de las viviendas de ocho familias que se quedaron sin hogar, según figura en una segunda resolución publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Anteriormente, en una primera resolución, fueron atendidas 38 unidades de convivencia, con una dotación de 67.000 euros.

En total, se han presentado 132 solicitudes de ayudas para el alquiler de vivienda por aquellas personas cuya vivienda habitual sufrió daños que afectaron a la estructura del inmueble, de modo que no se garantizaba la seguridad.

Las ayudas también acogen a residentes de viviendas con desperfectos que impedían el normal desarrollo de las actividades domésticas ordinarias con unas mínimas condiciones de habitabilidad.

Una vez finalizado el plazo para el cual se ha concedido la ayuda inicial de seis meses, se deberá llevar a cabo su justificación mediante la aportación de los recibos que acrediten el pago del alquiler, así como una copia del contrato de arrendamiento.

La documentación se podrá presentar en las oficinas de coordinación de la postemergencia habilitadas por la Generalitat y demás oficinas habilitadas al efecto en los ayuntamientos de las localidades donde se ubican las viviendas.

Además, en el último mes de subvención de la renta de alquiler, la persona beneficiaria podrá presentar una solicitud de prórroga por tres meses de la ayuda al arrendamiento, acompañada de una declaración responsable que justifique que se mantienen las circunstancias que dieron lugar a la concesión de la ayuda. Esta solicitud se dirigirá a la Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Hábitat y la Segregación Urbana.

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