El PP acusa a Aix y Gracia de vender como propio el procedimiento para la tramitación de legalización de viviendas que marca la ley valenciana

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En el término municipal de Orihuela, según la Generalitat Valenciana, existen 3.677 viviendas susceptibles de ser legalizadas

 

Rafael Almagro, portavoz del grupo popular, destaca lo insólito de un hecho que debería ser normal y habitual y que el concejal de Urbanismo, José Aix, pretende hacer ver que supone algo extraordinario. “Únicamente se trata de cumplir la ley y legalizar los casos en que se cumplan los requisitos”.

Consideran desde el grupo popular que tanto Carolina Gracia como José Aix han dejado este asunto para la campaña electoral, como siempre, por su clara intención de engañar y de hacer creer que votándoles a ellos y si gobiernan, será más fácil para los propietarios legalizar las viviendas ilegales.

Para Almagro, “siempre ha existido un sistema de legalización de viviendas y ha dependido de las exigencias que marca la ley en cada momento. Ahora también se exigen unos requisitos muy importantes y no se trata de una legalización de carácter automático por el mero hecho de que hayan pasado muchos años desde su construcción sin la debida licencia”.

Señala Almagro que en el texto refundido de la LOTUP, la ley valenciana de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, en el artículo 230 y concordantes establece un procedimiento para legalizar viviendas en suelo no urbanizable.

En el término municipal de Orihuela, según la Generalitat Valenciana, existen 3.677 viviendas construidas entre 1976 y el 20 de agosto de 2.014 susceptibles de ser legalizadas, y esto se puede comprobar en el visor cartográfico de la Generalitat, en urbanismo/viviendas susceptibles de minimización 1976-2014. (https://visor.gva.es/visor/?idioma=es).

Almagro refiere que el actual procedimiento consta de tres fases. Una Primera fase que comienza mediante una solicitud que hace el propietario de la vivienda al Ayuntamiento, el cual, a la vista de unas condiciones previas y una resolución que tiene que aprobar el Pleno Municipal declara la situación individualizada de la vivienda. Sigue con una Segunda fase, siempre y cuando la anterior sea positiva, y es donde el propietario aporta documentación técnica, proyecto de la vivienda, estudio de afecciones territoriales, estudio de integración paisajística, informes de conexión de servicios o autoconsumos y otros como dar audiencia a propiedades colindantes. Entonces, el Ayuntamiento solicitará informes sectoriales, como Inundabilidad, Vías Pecuarias, Forestal, etc. Si todo es favorable, el Ayuntamiento resolverá positivamente sobre la Licencia de Minimización de Impacto y una vez informado el propietario, ya en la Tercera fase, solicitará la Licencia de Ocupación, que podrá ser favorable y por tanto la vivienda quedará legalizada.

Por tanto, al tratarse de un elevado número de viviendas irregulares afectadas por inundabilidad y otras afecciones territoriales, la resolución de los expedientes no va a depender del Ayuntamiento, pues deberán informar las Administraciones afectadas.

Por otra parte, señala Almagro, el hecho de que “también está por ver cómo actuará la Agencia Valenciana de Protección del Territorio en el caso de que las viviendas no sean legalizables”. Sí que sabemos que a la mayor parte de las construidas a partir de 2019 no les prescribe la infracción, lo que supone un alto grado de riesgo de demolición según las palabras del director general de Urbanismo, Vicente García Nebot.

La Generalitat Valenciana ha elaborado una guía para seguir fácilmente el proceso en la dirección: https://politicaterritorial.gva.es/es/web/urbanismo/como-legalizar-tu-casa-de-campo

Así pues, explica Almagro, según lo que establece la ley “las viviendas construidas a partir del 20 de agosto de 2.014, tienen muy difícil su legalización y deberán ser estudiadas una a una, de manera que cumplan las condiciones que marque el planeamiento municipal, en este caso las infracciones prescribirán a los 15 años, mientras que las viviendas construidas a partir de 2.019 no prescribirán las infracciones”.

Finalmente, señala Almagro, “también se desconoce el coste de toda la tramitación desde que se inicia hasta que se culmine, porque obviamente se deberá tributar a la hacienda pública al igual que sucede con las que se construyen legalmente”.

 

 

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