Multan con 100.000 euros a una empresa telefónica por incluir a una persona en la lista de morosos por error

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Los hechos ocurrieron en dos oficinas distribuidoras de Orihuela, donde un hombre activó cuatro líneas de teléfono haciéndose pasar por otro individuo

La Audiencia Nacional ha condenado a la empresa Telefónica Móviles España al pago una multa de 100.000 euros por infringir la Ley de Protección de Datos. Los hechos ocurrieron en dos oficinas distribuidoras de Orihuela, donde un individuó contrató cuatro líneas móviles falseando sus datos, haciéndose pasar por otra persona. Las facturas llegaron a nombre de un tercero que no tenía relación con la contrata. Tras negarse este a pagarlas, la empresa de telefonía facilitó sus datos personales a una base de datos de morosos.

El afectado, que tuvo conocimiento de que su nombre aparecía en las bases de datos de morosos de ASNEF y EQUIFAX, denunció los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos, que obligó a la citada empresa al pago de 100.000 euros por infringir dos artículos de la Ley Orgánica de Protección de Datos, ambos referidos al consentimiento, por parte de las personas físicas, para el uso de su información personal.

Para evitar el pago de la multa, la mercantil recurrió la resolución de la Agencia argumentando que se trataba del fraude de un tercero. Pero la Audiencia Nacional, en una sentencia emitida a la que ha tenido acceso este diario, considera que la empresa de telefonía no se aseguró de que la persona que hacía el contrato era quien realmente decía ser al no requerir documentación al contratante para comprobar su identidad. Según el texto, «en las copias de los contratos aportadas aparece el nombre y apellidos del denunciante, su identificador, un domicilio en Murcia que no coincide con el denunciante, radicado en Barcelona, y una cuenta corriente de cargo». Por lo que el órgano judicial considera que las oficinas distribuidoras, ambas de Orihuela, actuaron de un modo negligente al no comprobar si el cliente era quien decía ser.

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