El Síndic insta al bipartito de Benejúzar a facilitar la información pública a la oposición

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AntonioBernabé
Antonio Bernabé en una imagen de archivo

El PP interpuso dos quejas por «falta de transparencia» ante el Síndic de Greuges, quien ha dado la razón al concejal popular Antonio Bernabé

El Síndic de Greuges, Ángel Luna, ha dictado dos resoluciones en las que «recomienda» al Ayuntamiento de Benejúzar otorgar la información pública solicitada en reiteradas ocasiones por el Grupo Municipal Popular, en la oposición, a través de su concejal Antonio Bernabé. El popular interpuso tres quejas ante el Síndic de Greuges por «falta de transparencia» del Gobiern, habiendo sido resueltas dos de ellas favorablemente, estando la tercera pendiente de resolución, según han informado los populares en un comunicado.

Se trata de información pública como contratos, facturas y expedientes que el actual alcalde socialista, Miguel López, ha denegado directamente al concejal popular Antonio Bernabé, o no ha contestado retrasando su acceso a la información durante meses e impidiendo y obstruyendo el ejercicio de su labor de control y fiscalización. A su vez, desmonta la resolución dictada por el alcalde nº225 de fecha 22 de noviembre de 2019, donde limitaba y restringía el acceso y la entrega de dicha documentación.

«La falta de transparencia viene siendo una práctica habitual del equipo de gobierno, PSOE-Cs, y donde ya se ha hecho insostenible la situación. Además el Ayuntamiento incumple la legislación en materia de transparencia. No cumple con la obligación de publicidad activa, periódica y actualizada, para garantizar la transparencia de su actividad municipal», denuncia Antonio Bermabé.

«Desde el inicio de la legislatura el alcalde de Benejúzar ha entorpecido y bloqueado el derecho de acceso a la información del concejal, imprescindible para el normal desarrollo y cumplimiento de sus funciones, siendo necesaria para el desempeño de su cargo y, así, poder hacer un correcto control y fiscalización de los órganos de gobierno. Por ello, el Síndic ha dictado estas resoluciones en defensa de los derechos y libertades comprendidos en los títulos I de la Constitución y del Estatuto de Autonomía», ha expresado.

El Síndic considera que las solicitudes presentadas por Antonio Bernabé no constituyen unas peticiones genéricas que puedan afectar al normal funcionamiento de los servicios municipales. El Síndic desmonta el principal argumento del ayuntamiento, en el que califica el uso del derecho de acceso a la información del concejal como de “excesivo” y “abusivo”, resolviendo el Síndic que la información solicitada no puede ser considerada como un uso abusivo.

Además, la resolución de la Sindicatura alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del TSJCV que siempre ha examinado con rigor los supuestos de limitación o restricción de este derecho, señalando literalmente que “en la actualidad, con las plataformas digitales y la posibilidad de entregar copias digitales en un pendrive supone la falta de excusa para no facilitar a los concejales de la oposición todo el material para que puedan cumplir con su contenido de fiscalización y control, esa es su misión como oposición democrática…”.

El Sindic señala que el derecho a la información “tiene carácter instrumental de la función representativa encomendada, como es la de control y fiscalización de la acción de gobierno en el caso de los regidores que no tienen delegadas funciones e implica, con relación a los asuntos públicos municipales, que los mismos tengan acceso a la documentación y datos que disponga la Corporación a la que pertenecen, lo que supone una facultad de consultar libremente dicha documentación, de forma que su actividad en la Corporación pueda desarrollarse con el debido conocimiento de causa, pero sin añadir ningún otro complemento que exceda del fin de estar plenamente informados de cuanto conste en los diversos servicios municipales.”

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